Micelio
Auto13 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Otero Zuleta Erasmo·Demandado Patrimonio Autonomo De Remanentes Telecom Y Ministerio De Las Telecomunicaciones

Tema · dato duro
Controversia Sobre Prestaciones Laborales Promovidas Por Trabajadores Oficiales Causadas En Virtud De Contrato De Trabajo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre prestaciones laborales promovidas por trabajadores oficiales causadas en virtud de contrato de trabajo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Sincelejo y el Juzgado Segundo Promiscuo de San Marcos (Sucre).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda laboral formulada por un ciudadano en contra del PAR de Telecom y el Ministerio de Telecomunicaciones, por haber sido desvinculado arbitrariamente de la empresa como consecuencia de la norma que ordenó su disolución y liquidación, a pesar de hacer parte del retén social por su condición de padre cabeza de familia y, por tanto, sujeto de especial protección constitucional.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones concluyó la Corte que, los asuntos relacionados con las demandas laborales de quienes en principio ostentan la calidad de trabajadores oficiales, deben ser conocidos por la Jurisdicción Ordinaria Laboral, según la cláusula general de competencia del artículo 2° del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de San Marcos, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales dentro del proceso correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo Municipal de San Marcos y el Juzgado
  3. Quinto. Administrativo del Circuito de Sincelejo, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  4. Segundo. Promiscuo Municipal de San Marcos conocer del proceso promovido por Ernesto Otero Zuleta en contra del PAR Telecom y el Ministerio de las Telecomunicaciones.
  5. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4228 al Juzgado
  6. Segundo. Promiscuo Municipal de San Marcos, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  7. Quinto. Administrativo del Circuito de Sincelejo y a los sujetos procesales dentro del proceso correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.